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Argentina: Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas

8 de noviembre de 2017

Equipo Prelafit Compliance

El Congreso Argentino aprobó este miércoles  la ley que modifica el código penal argentino y establece por primera vez la Responsabilidad Penal Empresarial en ese país. Se incluyen los delitos de cohecho,  tráfico de influencias, negociaciones incompatibles, enriquecimiento ilícito de funcionarios y balances e informes falsos agregados. La norma sanciona a personas jurídicas de derecho privado y empresas del Estado.

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En resumen,  las personas jurídicas serán responsables de los delitos que fueran realizados por sus dueños, ejecutivos o terceros desvinculados a ella, pero directa o indirectamente con su intervención o en su nombre, interés o beneficio.

La norma dispone , además, que subsiste responsabilidad si la sociedad cambia su nombre mediante fusiones, transformaciones o modificaciones.

Multas

La norma contempla multas de 2 a 5 veces el valor de la ganancia obtenida a partir de la conducta delictiva y otras penas accesorias como suspensión total o parcial de la actividad comercial hasta por 10 años; suspensión hasta por 10 años para participar de licitaciones públicas e incluso posibilidades de disolución de la persona jurídica.

Exención de responsabilidad

La empresa podrá eximirse de la responsabilidad penal cumpliendo 3 condiciones:

  1. Que la empresa haya denunciado el delito previsto en la ley como consecuencia de una actividad de detección interna;
  2. Que se hubiera implementado un programa de compliance, y;
  3. Que se haya devuelto el beneficio indebido obtenido.

Se contempla, asimismo, una prescripción especial de 6 años para estos delitos

Puedes consultar el texto acá: Ley Responsabilidad Penal PJ Argentina