¿En qué consiste apropiación indebida?
Consiste en la apropiación de dineros, efectos o cosa mueble, en virtud de un contrato legalmente válido, que obliga a su restitución causando perjuicio.
Por ejemplo al término del leasing no hago uso de opción de compra y no restituyo la camioneta.
El delito de apropiación indebida se encuentra tipificado en el artículo 470 Nº1 del Código Penal que señala:
Art. 470. Las penas privativas de libertad del art. 467 se aplicarán también:
1.° A los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos o cualquiera otra cosa mueble que hubieren recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarla o devolverla.
En cuanto a la prueba del depósito en el caso a que se refiere el art. 2.217 del Código Civil, se observará lo que en dicho artículo se dispone.