1. Un buen punto de partida pueden ser la normativa internacional que prohíbe prácticas corruptas
como la FCPA de USA o la UK Bribery Act de Reino Unido.
PARA LA COMISIÓN DE HECHOS ILÍCITOS
Para prevenir que el sector público sea utilizado para la comisión de hechos ilícitos se requiere -ha dicho la autoridad- de la implementación de un Sistema Preventivo contra los Delitos Funcionarios, el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.
El artículo 3° de la LEY-19913, incorporó a las superintendencias y los demás servicios y órganos públicos como sujetos obligados a informar a la UAF sobre operaciones sospechosas que adviertan en el ejercicio de sus funciones:
Las superintendencias y los demás servicios y órganos públicos señalados en el inciso segundo del artículo 1º de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, estarán obligados a informar sobre operaciones sospechosas que adviertan en el ejercicio de sus funciones.
Sin duda las entidades públicas enfrentan escenarios riesgosos por las sumas de dinero que manejan, pero además por las compras públicas, licitaciones, concesión de permisos, cobro de derechos, fiscalización, condonaciones de obligaciones, etc.
Para cumplir con la Ley 19913 citada se ha dictado el Oficio Circular Nº20 y Guía de Recomendaciones, año 2015
La norma ordena que las entidades públicas se inscriban en el Registro de Entidades Reportantes de la Unidad de Análisis Financiero (UAF) antes del 1 de junio de 2015.
Además, deben designar un funcionario responsable de relacionarse con la UAF, y de coordinar las políticas y procedimientos de prevención y detección de delitos, conforme las características organizacionales propias de cada entidad pública.
En Prelafit Compliance asesoramos a nuestros clientes para una adecuada evaluación de riesgos que permita desarrollar y mantener un sistema preventivo antilavado de activos, de delitos funcionarios y financiamiento del terrorismo, otorgando la flexibilidad necesaria para direccionar y tratar dichas amenazas, las que deben ser enfrentadas considerando especialmente la naturaleza de la institución, tamaño, complejidad y los recursos disponibles.
Las políticas y procedimientos que se diseñen e implementen para construir un sistema preventivo en la entidad pública, deben incluirse en un Manual que deberá ser difundido y encontrarse al alcance de todos los funcionarios: el Manual del Sistema Preventivo contra los Delitos Funcionarios, el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.
ANTICORRUPCIÓN SÓLIDO?