Seminario

Responsabilidad penal por actuación de proveedores

Viernes 22 de noviembre de 2024 / 10:00 Horas 

Equipo Prelafit Compliance

Noviembre 2024

EL 1 de septiembre de 2024 comenzó a regir el nuevo estatuto de responsabilidad penal de las personas jurídicas y que significa que las empresas podrán responder penalmente (existe altas multas y sanciones asociadas) por delitos que puedan cometer sus colaboradores.

Colaboradores

Pero, conforme al nuevo texto de la Ley 20.393 (Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas), no solo los colaboradores que se desempeñan dentro de una empresa pueden acarrearle con su comportamiento responsabilidad penal a la persona jurídica, sino también ciertos agentes que le prestan servicios, pero sin estar integrados a su orgánica, es decir, sin ocupar un cargo, función o posición en ella.

Gestores

Se trata de quien, dice la ley: “le preste servicios gestionando asuntos suyos ante terceros, con o sin su representación”.

Lo anterior no significa que los hechos delictivos de los proveedores de la persona jurídica acarreen responsabilidad penal para ella, ni siquiera cuando tales delitos incidan en la prestación prevista, como se ha confundido por algunos.

En virtud de lo anterior organizamos un seminario on line con la presencia del profesor Héctor Hernández, nuestro Director Jurídico Rodrigo Reyes Duarte, Leonor Herrera y Pamela Contreras.